Descripción: Remate 17º Juzgado Civil de Santiago, en dependencias del tribunal ubicado en Huérfanos Nº 1409, quinto piso, Santiago se rematará el día 6 de octubre de 2026 a las 10:30 horas, el siguiente inmueble de propiedad del demandado don Eduardo Luis García Villamizar que corresponde al departamento número mil trescientos ocho, ubicado en el décimo tercer piso; y, la bodega número setenta, ubicada en el primer subterráneo; ambos del Edificio Fernández Albano 192, con acceso por calle Fernández Albano número ciento noventa y dos, según planos de fusión archivados bajo los Nºs. 10.004, rectificado bajo el Nº 10.004-A, y planos de copropiedad Nºs. 10.442 y 10.442 de la A a la C, 10.442 bis, 10.442 de la A bis a la C bis, 10.442 TER, y 10.442 de la A TER a la C TER, comuna de La Cisterna; y dueño, además, de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión con los adquirentes de los otros inmuebles y de los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno. Inscripción Conservador de Bienes Raíces de San Miguel a fojas 9853 vta número 9091 correspondiente al Registro de Propiedad del año 2020. Mínimo para la subasta $ 61.024.018.- Precio saldo remate pagadero dentro de quinto día siguiente remate. El remate se efectuará en dependencias del tribunal en la fecha indicada. La fecha indicada se destinará solamente para efectuar el remate decretado en autos. Cualquier otra actuación o presentación, relacionada o no con la subasta, deberá ser realizada vía Oficina Judicial Virtual. Los interesados deberán constituir garantía suficiente para participar en el remate mediante vale vista a la orden del Tribunal, que deberá entregarse a la Sra. Oficial Primero antes de las 12.00 horas del día anterior al fijado para el remate. La parte ejecutante deberá acompañar al expediente con una antelación mínima de 3 días hábiles, las publicaciones de remate debidamente certificadas por la Ministro de Fe del Tribunal, junto con los certificados vigentes y actualizados de dominio e hipotecas y gravámenes del inmueble a subastar. Se instruye al o los adjudicatarios del bien subastado, que deberán acompañar a la presente causa mediante presentación por oficina judicial virtual, los respectivos comprobantes de las transferencias realizadas, para su correspondiente certificación y posterior regularización por el Banco Estado, antes de extender la Escritura Pública de Adjudicación. Asimismo, se hace presente a los postores que para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso quinto, del artículo 29 (del artículo 7) del DFL 1 que fija el texto refundido de la Ley 14.908, modificado por la Ley 21.389, deberán señalar en su postura, si fuera pertinente, los datos de la persona por quien se presentan, para efectos de realizar la revisión en el Registro correspondiente. Demás bases y antecedentes, ver autos Causa Rol: C-16045-2024 Caratulado: Banco De Crédito E Inversiones/ Garcia. Ejecutivo. El Secretario.