REMATE. Juzgado Mixto de Quintero, Arturo Prat 2027, Quintero, sección civil, causa Rol V-30-2024, caratulada “Bassaletti” el próximo 15 de diciembre de 2026 a las 12:00 horas, de forma presencial en dependencias del Tribunal se rematan los derechos y acciones pertenecientes al interdicto don Marcelo Guillermo Bassaletti Riess, equivalentes a una cuota de un quinto del dominio, sobre el inmueble ubicado en comuna de Puchuncaví, Sitio Nº 2-A, proveniente de la fusión del Sitio Nº 2 y Sitio Nº 3 de la Manzana D, ubicado en Comunidad Horcomad, Horcón, calle Principal, Región de Valparaíso, según plano de fusión agregado al Registro de Documentos bajo el Nº 4.807 del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Quintero, inscrito a Fojas 2811 Nº 2753, correspondiente al Registro de Propiedad del año 2023 del Conservador de Bienes Raíces de Quintero. Se deja expresa constancia que el objeto del remate corresponde única y exclusivamente a los derechos y acciones pertenecientes al interdicto don Marcelo Guillermo Bassaletti Riess sobre el inmueble singularizado precedentemente, y no a la totalidad del dominio del inmueble referido. El mínimo para las posturas será la tasación legal determinada conforme a las bases aprobadas en autos, esto es, el valor que resulte de multiplicar la cuota correspondiente a los derechos y acciones del interdicto por 1,3 veces el avalúo fiscal vigente a la fecha del remate, de conformidad con la resolución de fecha 08 de septiembre de 2026. El precio deberá pagarse al contado. Para participar en la subasta, los interesados deberán rendir garantía equivalente al 10% del mínimo de la subasta, mediante depósito o cupón de pago en Banco Estado a la cuenta corriente jurisdiccional del Tribunal Nº 22900028834, RUT 61.967.800-1, debiendo constituirse con al menos cinco días de anticipación al remate e informarse mediante escrito presentado en la Oficina Judicial Virtual acompañando el comprobante respectivo. Concluida la subasta, se verificarán los datos del postor adjudicatario. Suscrita por el adjudicatario, el Tribunal y el Ministro de Fe respectivo firmarán el acta de remate con su firma electrónica avanzada. Demás bases y antecedentes en autos “BASSALETTI/”, Rol V-30-2024. 01