EXTRACTO REMATE. Primer Juzgado de Letras de Quillota, en causa rol C-908-2025, caratulado “Banco del Estado de Chile con [identidad omitida]”, se fijó fecha de subasta para el día 30 de octubre de 2026 a las 11:00 horas, la cual se realizará mediante video conferencia en plataforma Zoom, respecto al departamento Nº 65, y la bodega Nº 127, ambos del denominado “Condominio Edificio Cerro El Roble”, con acceso común por calle Comodoro Arturo Merino Benítez Nº 50, comuna de Quillota. Se comprendieron en la venta el derecho de uso y goce exclusivo del polígono Nº 40, ubicado en la planta primer piso del mismo condominio, y los derechos de dominio, uso y goce en los bienes comunes; inscrito a fojas 6662 Nº 2679 del Registro de Propiedad del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Quillota, de propiedad de [identidad omitida]. Mínimo para la postura $40.128.497.-, que corresponde a la tasación fiscal del bien embargado del segundo semestre de 2026. El precio total de la adjudicación, deberá ser pagado al contado, mediante Cupón de pago en Banco Estado o depósito en la cuenta corriente bancaria del Tribunal, a más tardar dentro del tercer día hábil contado desde la fecha del remate. Todo postor, excepto el banco ejecutante (quien tomará parte en la subasta como postor con cargo sus créditos), para tomar parte en el remate deberá rendir caución por un valor equivalente al 10% del mínimo fijado para las posturas. En cuanto a esta garantía, esta ha de llevarse a efecto a través de Vale Vista a la orden del Tribunal, equivalente al 10% del mínimo propuesto. El postor deberá postular al remate únicamente a través de la Oficina Judicial Virtual, ingresando con su clave única del Estado, llenando completamente el formulario de postulación disponible en dicha plataforma, siendo el correo indicado en dicho formulario como único medio a través del cual se enviará el link para ingresar al remate. Las posturas se recibirán a más tardar a las 14:00 horas del día hábil anterior a la fecha del remate. Una digitalización del vale vista ha de ser subido al momento de postular como postor al remate del modo señalado precedentemente y deberá además acompañarlo al tribunal materialmente a más tardar el día anterior a la subasta desde las 09.00 de la mañana hasta las 14.00 horas, conjuntamente con su cédula de identidad y demás antecedentes que se estimen necesarios, en un mismo archivo, a fin de evaluar la suficiencia de la caución y de dar cumplimiento a lo ordenado en el inciso quinto del artículo 29 de la Ley Nº 14.908, modificada por Ley Nº 21.389. Con todo, no se admitirán cauciones respecto de postores con inscripción vigente en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos. La realización de la subasta ha de llevarse a efecto íntegramente por medio de videoconferencia, motivo por el cual, para efectos de su desarrollo, todos los postores han de contar con un dispositivo electrónico con cámara, micrófono y aplicación Zoom. En cuanto al Acta de Remate, y ante su eventual suscripción por parte de los postores que participan en la subasta, esta se llevará a efecto por medio de vías digitales, por lo cual resulta indispensable que para ello cuenten con su Clave Única del Estado activa. El subastador estará obligado a designar domicilio dentro del radio urbano de la ciudad en que funciona el Tribunal de US. al momento del remate, bajo apercibimiento de notificársele por el estado diario todas las providencias que se dicten en el juicio. Demás antecedentes y bases de la subasta en la Secretaría del Tribunal. 18