EXTRACTO REMATE. Primer Juzgado de Letras de Quillota, en causa Rol C-1712-2025, caratulado “Banco de Crédito e Inversiones con [identidad omitida]”, fijó fecha subasta para el 24 noviembre 2026 a las 11:00 horas, la cual se realizará mediante video conferencia en plataforma Zoom, del inmueble ubicado en calle Alfredo Rebolar Nº 810 de la Población A. Rebolar de la ciudad y comuna de Quillota. El título rola inscrito a nombre del demandado a fojas 6983 vuelta Nº 3632 Registro Propiedad 2004 Conservador de Bienes Raíces Quillota. Rol Avalúo Nº 187-169, Quillota. Mínimo posturas: $26.051.910. El precio total de la adjudicación, deberá ser pagado al contado, mediante Cupón de pago en Banco Estado o depósito en la cuenta corriente bancaria del Tribunal, a más tardar dentro del tercer día hábil contado desde la fecha del remate. Todo postor, excepto el banco ejecutante (quien tomará parte en la subasta como postor con cargo a sus créditos), para tomar parte en la subasta, deberá rendir caución del 10% del mínimo fijado para las posturas. En cuanto a esta garantía, debe rendirse a través de Vale Vista a la orden del Tribunal, equivalente al 10% del mínimo propuesto. El postor deberá postular al remate únicamente a través de la Oficina Judicial Virtual, ingresando con su clave única del Estado, llenando completamente el formulario de postulación disponible en dicha plataforma, siendo el correo indicado en dicho formulario como único medio a través del cual se enviará el link para ingresar al remate. El manual para realizar las posturas por este medio se encuentra disponible en el siguiente link https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/ home/videosymanuales.php. Las posturas se recibirán a más tardar a las 14:00 horas del día hábil anterior a la fecha del remate. Una digitalización del vale vista ha de ser subido al momento de postular como postor al remate del modo señalado precedentemente y deberá además acompañarlo al tribunal materialmente a más tardar el día anterior a la subasta desde las 09.00 de la mañana hasta las 14.00 horas, conjuntamente con su cédula de identidad y demás antecedentes que se estimen necesarios, en un mismo archivo, a fin de evaluar la suficiencia de la caución y de dar cumplimiento a lo ordenado en el inciso quinto del artículo 29 de la Ley Nº 14.908, modificada por Ley Nº 21.389. Con todo, no se admitirán cauciones respecto de postores con inscripción vigente en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos. Cada postor será única y exclusivamente responsable de ingresar correctamente los datos y los archivos señalados precedentemente, y siendo la forma previamente señalada el único medio para participar como postor en remates, excluyéndose al Banco ejecutante en caso de adjudicarse el bien rematado. Demás antecedentes y bases de la subasta en la Secretaría del Tribunal. 10