REMATE. EN JUICIO Ejecutivo, caratulado “Banco De Chile Con [identidad omitida]”, Rol Nº C-1124- 2025, del 2º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en calle independencia Nº 36, Los Andes, el 5 de Noviembre de 2026 a las 13:00 horas, se llevará a efecto el remate en conjunto de los siguientes bienes: 1) Lote Uno-Tres, resultante de la subdivisión del Lote Uno del resto de la Reserva del predio denominado El Pensamiento, ubicado en la Comuna de Rinconada, Provincia de Los Andes, individualizado en el plano protocolizado bajo el Número 563 al final del Registro de Propiedad del año 2020, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, de una superficie aproximada de cinco mil quinientos cincuenta y ocho coma cuarenta y un metros cuadrados, inscrito a fojas 2805 Nº 3227 del Registro de Propiedad del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avaluó Nº 206-3 la Comuna de Rinconada; y 2) Derechos de aguas equivalentes a cero coma dos acciones del Canal Rinconada, con los cuales se cultiva el Lote Uno-Tres resultante de la subdivisión del Lote Uno del resto de la Reserva del predio denominado El Pensamiento, ubicado en la Comuna de Rinconada, Provincia de Los Andes, inscritos a fojas 278 Nº 297 del Registro de Propiedad de Aguas del año 2021, del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Mínimo para comenzar las posturas, para ambos bienes, será la cantidad de $50.366.744.- Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas y cumplir con las instrucciones que se detallan a continuación: (1) El remate será realizado mediante video conferencia, a través de plataforma zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través de los teléfonos 342421931 y +56941786268 o al correo electrónico jl2_losandes@ pjud.cl. (3) La caución fijada deberá ser consignada mediante depósito en caja a través de cupón de pago o pago en línea del Banco Estado. Para obtener la impresión del cupón de pago o hacer el pago en línea en Banco Estado se deberá ingresar a http://reca.pjud. cl/RECA-WEB/. No se admitirán cauciones efectuadas a través de medios diversos de recaudación, como transferencias electrónicas o pago en línea TGR. (4) El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado con a los menos 48 hrs. de antelación a la audiencia de remate, en la forma establecida en el artículo 6 del acta 263-2021, esto es. mediante el módulo especialmente establecido al efecto en la Oficina Judicial Virtual, individualizándose el postor en dicho módulo e indicando el rol de la causa en la cual participará. correo electrónico y un número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta. Para efectos de dar cumplimiento al deber de consulta previsto en el artículo 29 de la Ley 21.389. que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, todo postor deberá remitir un correo electrónico a jl2_losandes@pjud.cl, en la oportunidad en la que acompaña el comprobante de caución, individualizarse con su nombre, rut, profesión u oficio, domicilio y, señalar, además, si participara en el remate con el fin de adjudicarse para sí o para un tercero, en este último caso deber consignar el nombre, rut, profesión u oficio y domicilio del tercero. (5) El día anterior al remate el Sr. Secretario del Tribunal - o quien lo subrogue-, deberá efectuar la consulta de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 29 inciso quinto de la Ley 21.389 y certificar quienes son las personas - que habiendo cumplido con los requisitos señalados precedentemente- pueden participar en el remate. En el evento de constatarse que el postor o la persona en cuyo nombre se participará en la subasta, o el ejecutante que haya manifestado su opción de participar en el remate, se encuentran con inscripción vigente en calidad de deudor o en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos, no se admitirá su participación en el remate, en los términos establecidos en el artículo 29 de la Ley 21.389. (6) La caución rendida por los no adjudicatarios. se restituirá en el plazo de diez días hábiles, a través de cheque a nombre de la persona natural o jurídica que conste haya efectuado la consignación en la cuenta corriente del tribunal, según los de depósito y la certificación efectuada por la Ministro de fe, o bien, a nombre de quien acredite en la causa tener poder suficiente para representarlo y. en particular, para percibir. El retiro del cheque deberá coordinarse con la Secretaría del tribunal una vez que conste en la causa el certificado de giro en cuenta corriente. y solo podrán efectuarlo el beneficiario o quien acredite contar con poder suficiente para ello. (7) El acta de remate será suscrita dentro del día del remate, para ello todo interesado en participar debe contar Clave Única del Estado. El adjudicatario no suscribe el acta de remate a más tardar en el día de efectuad éste, quedará sin efecto la subasta, de pleno derecho. Misma consecuencia aplica sí, dentro del quinto día hábil contado en igual forma, el adjudicatario no consigna el saldo del precio. Unirse desde un PC, un Mac, un iPad o un dispositivo Android: https://pjud-d.zoom. us/j/97386060596?pwd=rkl8c6RZBSRazSKXS0f6aU13 TR-nyxP.1 ID de reunión: 973 8606 0596 Código de acceso: 537535. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta digital. Secretaría. 18